¿Qué es un administrador de fincas?

Según lo que dictamina el propio Consejo General de esta profesión agremiada, el administrador de fincas es aquella persona encargada de ocupar un puesto de trabajo especializado en gestionar las vicisitudes administrativas de una propiedad inmueble cualquiera. En otras palabras, el administrador es aquel profesional que se encarga, a petición de los propietarios del bien inmueble, de todos los asuntos financieros, legales y técnicos indispensables para el mantenimiento de esa propiedad en óptimas condiciones. En la actualidad, existen unos 16.000 administradores colegiados y sus funciones son vitales para las comunidades de propietarios.

¿Cómo se llega a ser Administrador de Fincas?

Para ser administrador de fincas se debe tener una licenciatura en áreas afines (derecho, economía, etc) o aprobar el plan de estudios de la Escuela Oficial de Administradores de Fincas. Para esto último, se requieren 3 años y la aprobación de un mínimo de 180 créditos. Además de todo esto, el profesional debe recibir el material informativo e instructivo necesario para su permanente actualización.

¿Qué funciones tiene en una comunidad de propietarios?

Si es contratado por la decisión expresa de la junta de propietarios, deberá realizar las funciones reseñadas en el Artículo 20 de la LPH. Estas se resumen en preparar el plan de gastos de la comunidad, ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los correspondientes pagos, llegando a actuar como secretario de la junta, custodiando la documentación. Sumándose a todo esto debe velar por la correcta utilización de los espacios comunes y perseguir la morosidad de los vecinos.

Al margen de aquello, el administrador de fincas también tiene que brindar asesoría, ocuparse de las relaciones laborales de los empleados de la comunidad y dar cuenta de los siniestros a las compañías aseguradoras. Para desempeñar todas esas funciones se debe tener un amplio conocimiento de la legalidad y sobre todo, de la LPH.

¿Es buena idea contratar a un Administrador de Fincas?

Sin dudas. Aunque la LPH no estipula que sea algo obligatorio, las funciones que el profesional carga sobre sus hombros son pesadas, engorrosas y quitan tiempo. Por lo tanto, es recomendable que la junta de propietarios tome la decisión de solicitar los servicios de una persona formada para los mismos. Para una comunidad estándar, se suele ir el 5% de la cuota a la paga del administrador.

¿Debe estar colegiado?

Igualmente, es lo más recomendable. Al contratar un profesional colegiado obtenemos un doble aval de que se cumplirán adecuadamente nuestras solicitudes como consumidores y tenemos también la garantía de profesionalidad de un gremio entero.

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