Problemas más comunes de convivencia en las comunidades horizontales

Es inevitable concebir cualquier tipo de relación humana que por alguna razón no termine derivando en conflicto. Los choques entre nuestra naturaleza instintiva y nuestros esquemas de racionalidad normalmente nos hacen susceptibles a desarrollar peleas internas y con nuestros semejantes.

Es muy común que se desarrollen problemas en las comunidades de vecinos de las cuales formamos parte. En este artículo te presentamos algunos de los más comunes, para que puntualices cómo actuar ante ellos:

Los vecinos morosos

Los morosos son aquellos propietarios de un conjunto de residencias que no cumplen con el pago de una o más cuotas de participación colectiva para el mantenimiento estructural de las propiedades, ya sean las ordinarias o las contingentes.

Esta clase de individuos son bastante perjudiciales para las comunidades horizontales, ya que impiden o retrasan en gran medida el mantenimiento necesario para los edificios o las reparaciones pertinentes.

Ahora bien, actuar frente a esta situaciones no es tan complicado, tan solo requiere constancia y trabajo en equipo. En primera instancia se debe notificar al deudor de su respectivo saldo negativo, esto a través de un burofax. De no recibir respuesta, la comunidad de vecinos debe liquidar la deuda e iniciar un juicio, en el cual se podría incluso, dependiendo de la deuda acumulada, proceder al embargo.

Los códigos de ética y hábitos de comportamiento

Es común que existan disputas durante la convivencia entre la m mayoría de las personas. Sin embargo, siempre hay códigos de comportamiento que deben mantenerse. Por ejemplo, es muy común que en edificios se produzcan inconvenientes cuando las celebraciones se salen de control: la música alta, los gritos y los desperdicios; suelen encontrarse entre los elementos por los cuales más comúnmente se producen quejas.

Ahora bien, actuar ante estos problemas es simple. Lo primero deberá ser recurrir al diálogo, mediar siempre puede resultar la mejor opción. Si no hay respuestas, es prudente acudir al respaldo del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal y del Código Civil Catalán que refiere a las actividades molestas para, de esta manera, ejecutar los procedimientos legales pertinentes.

De cualquier manera, es prudente siempre acudir a los especialistas judiciales o a agentes inmobiliarios, que suelen ser quienes pueden encauzar tu proceder a la hora de atacar alguno de estas circunstancias. La asesoría de los profesionales siempre será tu mejor aliada.бинарные опционы заработокпланшеты android ценыинтерднестрком смс

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *